Acción Diferida para los Llegados en la Infancia
Las siglas en inglés DACA significan “Acción Diferida para los Llegados en la Infancia”. El 15 de junio de 2012, la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional anunció que ciertas personas que vinieron a los Estados Unidos siendo niños y cumplen con ciertas guías claves pueden pedir consideración a acción diferida por un período de dos años sujeto a renovación, y serán elegibles a la autorización de empleo.
Según el memorándum del Secretario de Seguridad Nacional con fecha del 15 de septiembre de 2012, para poder ser considerado para DACA usted debe presentar evidencia, incluidos documentos de apoyo, que demuestre que:
1. No había cumplido 31 años de edad al 15 de junio de 2012;
2. Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años de edad;
3. Ha residido continuamente en los Estados Unidos desde al 15 de junio de 2012 hasta el presente;
4. Estaba físicamente presente en los Estados Unidos al 15 de junio de 2012 y el momento de presentar su petición de consideración de acción diferida con USCIS;
5. No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012;
6. Está actualmente en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de finalización de escuela superior, ha obtenido un certificado de Desarrollo Educativo General (GED, por sus siglas en inglés), o es un veterano de la Guardia Costanera o las Fuerzas Armadas con licenciamiento honorable; y
7. No ha sido convicto de un delito grave, un delito menor significativo, tres o más delitos menores, y no aparenta ser una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.
Debe cumplir con estos criterios para ser considerado a la renovación de DACA. USCIS retiene su discreción para determinar si la acción diferida es justificada en cualquier caso, si los criterios son cumplidos.
Según el memorándum del Secretario de Seguridad Nacional con fecha del 15 de septiembre de 2012, para poder ser considerado para DACA usted debe presentar evidencia, incluidos documentos de apoyo, que demuestre que:
1. No había cumplido 31 años de edad al 15 de junio de 2012;
2. Llegó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años de edad;
3. Ha residido continuamente en los Estados Unidos desde al 15 de junio de 2012 hasta el presente;
4. Estaba físicamente presente en los Estados Unidos al 15 de junio de 2012 y el momento de presentar su petición de consideración de acción diferida con USCIS;
5. No tenía estatus legal el 15 de junio de 2012;
6. Está actualmente en la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de finalización de escuela superior, ha obtenido un certificado de Desarrollo Educativo General (GED, por sus siglas en inglés), o es un veterano de la Guardia Costanera o las Fuerzas Armadas con licenciamiento honorable; y
7. No ha sido convicto de un delito grave, un delito menor significativo, tres o más delitos menores, y no aparenta ser una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública.
Debe cumplir con estos criterios para ser considerado a la renovación de DACA. USCIS retiene su discreción para determinar si la acción diferida es justificada en cualquier caso, si los criterios son cumplidos.