PROCESO DE APELACIÓN DE CASOS DE INMIGRACIÓN
Apelaciones son necesarias si la persona no esta de acuerdo con la orden de deportación o remoción hecha por el Juez de Inmigración. Decisiones de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR o Corte de Inmigración) pueden ser apeladas a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA o Board) cual es parte del Departamento de Justicia.
Desafortunadamente, por causa de esfuerzos del Departamento de Justicia para reducir el tiempo de espera en decisiones de apelaciones que ya estaban pendientes, implementaron un proceso de revisión mas rapido que ha causado que el nivel de revisión que cada caso recibe sea casi esquelético y muy minimo. Muchas decisiones simplemente acuerdan con la decisión del juez sin explicación, lo queó ellos llaman "summary affirmance without opinion" de la decisión del Juez de Inmigración. Estas decisiones no proveen ninguna guía de las razones por cual la Junta de Apelaciones esta de acuerdo con el juez haciendolo muy dificil para personas poder competentemente apelar la denegacion de su apelación.
Si la persona pierde su apelación al nivel de la Junta de Apelaciones, puede apelar a la Corte de Apelaciones del Circuito Federal, cual ya no pertenese al Departamento de Justicia si no que es independiente de las agencias de inmigración. California, donde nuestra oficina esta localizada, pertenese a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones del Circuito Federal Noveno. En comparación a muchas otras Cortes de Circuito Federal, la Corte de Circuito Noveno es mas abierto a escuchar reclamos en casos de inmigración y hace mas decisiones favorables a los inmigrantes.
Trabajo de apelaciones requiere extremamente completo un conocimiento de la ley de inmigración incluyendo regulaciones migratorias, pero aun mas importante, conosimiento de los casos publicados que componen la ley y que constantemente estan en cambio.
Nuestra oficina tiene muchos casos publicados por causa de nuestro trabajo a fondo en cada caso hasta conocer todos los detalles legales de cada uno. Muchos otros bufetes de ley de inmigración, nos mandan casos para que nosotros opinemos sobre la fuerza de la apelación de sus casos. La mayoria si no todos los casos que tenemos en apelación, vienen de oficinas de "llena-papeles" (personas que no son abogados o que se han hecho pasar como abogados y que practican ley de inmigración sin autorización de la ley). Vienen con nosotros cuando realisan que su caso esta a punto de ser rotundamente negado.
Si un caso es perdido al nivel de la Corte de Apelaciones de Circuito Federal, en algunas circunstancias, la persona puede pedir una reaudiencia llamada "Rehearing o Rehearing En Banc". Raramente, la Corte Suprema de Estados Unidos acepta casos relacionados a la ley de inmigración para su revición y consideración.
Desafortunadamente, por causa de esfuerzos del Departamento de Justicia para reducir el tiempo de espera en decisiones de apelaciones que ya estaban pendientes, implementaron un proceso de revisión mas rapido que ha causado que el nivel de revisión que cada caso recibe sea casi esquelético y muy minimo. Muchas decisiones simplemente acuerdan con la decisión del juez sin explicación, lo queó ellos llaman "summary affirmance without opinion" de la decisión del Juez de Inmigración. Estas decisiones no proveen ninguna guía de las razones por cual la Junta de Apelaciones esta de acuerdo con el juez haciendolo muy dificil para personas poder competentemente apelar la denegacion de su apelación.
Si la persona pierde su apelación al nivel de la Junta de Apelaciones, puede apelar a la Corte de Apelaciones del Circuito Federal, cual ya no pertenese al Departamento de Justicia si no que es independiente de las agencias de inmigración. California, donde nuestra oficina esta localizada, pertenese a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones del Circuito Federal Noveno. En comparación a muchas otras Cortes de Circuito Federal, la Corte de Circuito Noveno es mas abierto a escuchar reclamos en casos de inmigración y hace mas decisiones favorables a los inmigrantes.
Trabajo de apelaciones requiere extremamente completo un conocimiento de la ley de inmigración incluyendo regulaciones migratorias, pero aun mas importante, conosimiento de los casos publicados que componen la ley y que constantemente estan en cambio.
Nuestra oficina tiene muchos casos publicados por causa de nuestro trabajo a fondo en cada caso hasta conocer todos los detalles legales de cada uno. Muchos otros bufetes de ley de inmigración, nos mandan casos para que nosotros opinemos sobre la fuerza de la apelación de sus casos. La mayoria si no todos los casos que tenemos en apelación, vienen de oficinas de "llena-papeles" (personas que no son abogados o que se han hecho pasar como abogados y que practican ley de inmigración sin autorización de la ley). Vienen con nosotros cuando realisan que su caso esta a punto de ser rotundamente negado.
Si un caso es perdido al nivel de la Corte de Apelaciones de Circuito Federal, en algunas circunstancias, la persona puede pedir una reaudiencia llamada "Rehearing o Rehearing En Banc". Raramente, la Corte Suprema de Estados Unidos acepta casos relacionados a la ley de inmigración para su revición y consideración.