I-212, Solicitud de Permiso para Reaplicar para Admisión a los Estados Unidos después de la deportación o remoción
Si usted es inadmisible bajo la sección 212 (a) (9) (A) o (C), usted necesita obtener el consentimiento para volver a Estados Unidos en virtud de la sección 212 (a) (9) (A) (iii) o (C) (ii) del INA. Si necesita obtener el consentimiento para volver a aplicar, es muy importante Que usted no regrese a los Estados Unidos antes de que haya presentado una solicitud de consentimiento para volver a El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) lo ha aprobado. Regresar ilegalmente a los Estados Unidos sin inspección y admisión o libertad condicional, o sin obtener el consentimiento de Volver a solicitar la admisión después de haber sido excluido, deportado o removido, O después de haber acumulado, en conjunto, más De un año de presencia ilícita en los Estados Unidos puede hacerle irremisible de manera permanente a los Estados Unidos Bajo la sección 212 (a) (9) (C) del INA. Además, regresar a los Estados Unidos sin obtener el consentimiento para volver a solicitar cuando sea necesario o regresar ilegalmente (Como regresar sin ser inspeccionado y admitido, o por fraude, o cualquier otro medio ilegal después de haber sido Excluidos, deportados o eliminados) pueden tener consecuencias significativas, incluyendo:
1. Reintegro de su orden de retiro bajo la sección 241 (a) (5) del INA;
2. Procesamiento en un tribunal penal bajo la sección 276 del INA; y
3. Una barra permanente de la admisión a los Estados Unidos bajo sección 212 (a) (9) (C) del INA. Regresar a los Estados Unidos con una visa puede no protegerlo de estas consecuencias si se le requiere obtener Consentimiento para volver a solicitar, pero no obtuvo ese consentimiento. Estas Instrucciones contienen más información sobre los motivos de inadmisibilidad y las consecuencias por no Obtener el consentimiento para volver a presentar una solicitud en la Descripción Detallada de los Motivos de Inadmisibilidad de conformidad con las Secciones 212 (a) (9) (A) Y (C) y Penalidades Penales bajo la Sección 276 del INA.
1. Reintegro de su orden de retiro bajo la sección 241 (a) (5) del INA;
2. Procesamiento en un tribunal penal bajo la sección 276 del INA; y
3. Una barra permanente de la admisión a los Estados Unidos bajo sección 212 (a) (9) (C) del INA. Regresar a los Estados Unidos con una visa puede no protegerlo de estas consecuencias si se le requiere obtener Consentimiento para volver a solicitar, pero no obtuvo ese consentimiento. Estas Instrucciones contienen más información sobre los motivos de inadmisibilidad y las consecuencias por no Obtener el consentimiento para volver a presentar una solicitud en la Descripción Detallada de los Motivos de Inadmisibilidad de conformidad con las Secciones 212 (a) (9) (A) Y (C) y Penalidades Penales bajo la Sección 276 del INA.